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Ley de Construcciones
- Tipo
- ley
- Número
- Ley N.° 833
- Estado
- vigente_reformado
- Fuente
- PGR / SINALEVI
CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Las Municipalidades de la República son las encargadas de que las ciudades y demás poblaciones reúnan las condiciones necesarias de seguridad, salubridad, comodidad, y belleza en sus vías públicas y en los edificios y construcciones que en terrenos de las mismas se levanten sin perjuicio de las facultades que las leyes conceden en estas materias a otros órganos administra
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