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Ley de Creación del Registro Nacional
- Tipo
- ley
- Número
- Ley N.° 5695
- Estado
- vigente_reformado
- Fuente
- PGR / SINALEVI
Artículo 1 Créase el Registro Nacional, dependiente del Ministerio de Justicia, el cual integrará bajo un solo organismo los registros y dependencias que señala el artículo siguiente. Sus fines serán: Unificar criterios en materia de registro, coordinar las funciones, facilitar los trámites a los usuarios, agilizar las labores y mejorar las técnicas de inscripción; para todo lo cual se modernizarán los sistemas. Nota
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