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Ley General de Salud
- Tipo
- ley
- Número
- Ley N.° 5395
- Estado
- vigente_reformado
- Fuente
- PGR / SINALEVI
Artículo 1 La salud de la población es un bien de interés público tutelado por el Estado. Artículo 2 Es función esencial del Estado velar por la salud de la población. Corresponde al Poder Ejecutivo por medio del Ministerio de Salubridad Pública, al cual se referirá abreviadamente la presente ley como "Ministerio", la definición de la política nacional de salud, la formación, planificación y coordinación de todas las
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