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Acuerdo consorcial
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Administrativo
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 129
- Fuente
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 129
El acuerdo consorcial es un documento privado, que no requiere fecha cierta, ni otras formalidades, a menos que la Administración así lo haya previsto en el pliego de condiciones. El acuerdo cubrirá al menos los siguientes aspectos: a) Calidades, incluido domicilio, lugar para recibir notificaciones, correo electrónico y capacidad de las partes.