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Antecedentes catastrales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley de Catastro Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 34331-J), artículo 6
- Fuente
- Reglamento a la Ley de Catastro Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 34331-J), artículo 6
s. Para la ejecución del catastro se utilizarán y aprovecharán, todos los trabajos realizados o antecedentes que figuren en el Registro Inmobiliario y cualesquiera levantamientos efectuados con anterioridad, por otras personas públicas o privadas, que puedan obtenerse.