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Boleta de citación
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Tránsito
- Fundamento jurídico
- Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley N.° 9078), artículo 158
- Fuente
- Ley de Tránsito por Vías Públicas Terrestres y Seguridad Vial (Ley N.° 9078), artículo 158
El inspector de tránsito deberá confeccionar una boleta de citación en el caso de las infracciones sancionadas con multa fija y las que conlleven el retiro de la circulación del vehículo o su inmovilización. Se podrán confeccionar boletas de citación impersonales, en los casos de infracciones detectadas por medios electrónicos de control automatizado, según lo disponen los artículos 160 y 161 de la presente ley, y en