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Boleta de seguridad
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Comercial
- Fundamento jurídico
- Reglamento del registro de personas jurídicas (Decreto Ejecutivo N.° 44648-MJP), artículo 42
- Fuente
- Reglamento del registro de personas jurídicas (Decreto Ejecutivo N.° 44648-MJP), artículo 42
Todo documento que se presente en forma fisica para su inscripción, debe adjuntar al documento una boleta de seguridad, cuyos talonarios serán solicitados y adjudicados en la oficina que asigne la Dirección General del Registro Nacional, la cual determinará los requisitos para la entrega de nuevos talonarios y la cantidad máxima que serán entregados. Se exceptúan de este requisito los documentos de la Dirección del R