Vista previa de la fuente solicitada
Capacidad procesal
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Procesal
- Fundamento jurídico
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 29
- Fuente
- Código Procesal Agrario (Ley N.° 9609), artículo 29
Para la demostración de la capacidad procesal se aplicarán las reglas establecidas en la normativa procesal civil y la legislación especial, en lo que no se oponga a este Código. Además: 1- Toda persona representante deberá demostrar su capacidad procesal en la primera gestión.