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Causales de remoción
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley N.° 7935), artículo 40
- Fuente
- Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley N.° 7935), artículo 40
Los miembros de la Junta Rectora podrán ser removidos de sus cargos únicamente por alguna de las siguientes circunstancias: a) Cuando falten a cuatro sesiones consecutivas o diez alternas, por causas injustificadas a juicio de la Junta Rectora. b) Por conflicto de intereses entre las funciones del cargo y otras actividades que desarrollen. Esta causal de remoción procederá cuando existan pruebas fehacientes de los he