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cesión de crédito
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Artículos 1101 a 1110 del Código Civil (Ley N.º 63)
- Fuente
- Código Civil de Costa Rica, Ley N.º 63
Transmisión de un derecho de crédito de una persona (cedente) a otra (cesionario) sin necesidad de consentimiento del deudor, salvo pacto en contrario.