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Competencias del órgano rector
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- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 28 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N.º 8131
- Fuente
- Artículo 28 de la Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos, Ley N.º 8131
Facultades de dirección, regulación, coordinación y evaluación atribuidas al órgano central de un sistema financiero público.