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Consejo Interdisciplinario
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 40849-JP), artículo 63
- Fuente
- Reglamento del Sistema Penitenciario Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 40849-JP), artículo 63
rio. En cada centro o ámbito según corresponda, habrá un Consejo Interdisciplinario, integrado por un representante de cada sección profesional, el superior de la Policía Penitenciaria del centro o ámbito y el director del centro o ámbito según corresponda o, en su ausencia, por quien le sustituya, que presidirá. Ordinariamente sesionará una vez a la semana y, extraordinariamente, cuando las circunstancias lo amerite