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Conservación de efectos
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Comercial
- Fundamento jurídico
- Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos (Ley N.° 8454), artículo 17
- Fuente
- Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos Electrónicos (Ley N.° 8454), artículo 17
s. La suspensión o revocación de un certificado digital no producirá, por sí sola, la invalidez de los actos o negocios realizados con anterioridad al amparo de dicho certificado.