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Constancia de inscripción
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) (Ley N.° 6826), artículo 6
- Fuente
- Ley de Impuesto al Valor Agregado (IVA) (Ley N.° 6826), artículo 6
La Administración Tributaria debe extender, a las personas inscritas como contribuyentes de este impuesto, una constancia que las acredite como tales, la cual deben mantener en un lugar visible de sus establecimientos comerciales. En caso de extravío, deterioro o irregularidades de este documento, el contribuyente debe solicitar de inmediato su reemplazo a la Administración Tributaria.