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De los errores
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Notarial
- Fundamento jurídico
- Reglamento para la Presentación de Índices (Decreto Ejecutivo N.° 37769-C), artículo 8
- Fuente
- Reglamento para la Presentación de Índices (Decreto Ejecutivo N.° 37769-C), artículo 8
s: a-De conformidad con el artículo 28 del Código Notarial podrán corregirse los simples errores materiales en los Índices. Se considerará que se trata de simples errores materiales, cuando se informe equivocadamente la quincena, el mes o año a que se refiere el Índice, el número de tomo, de folio, de instrumento público, del carné del notario, el nombre o apellidos del notario o el consignar de manera invertida los