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Deberes del Estado
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Ley General de la Persona Joven (Ley N.° 8261), artículo 6
- Fuente
- Ley General de la Persona Joven (Ley N.° 8261), artículo 6
Los deberes del Estado costarricense con las personas jóvenes, serán los siguientes: Salud: a) Brindar atención integral en salud, mediante la implementación de programas enfocados en la promoción, la prevención, el tratamiento y la rehabilitación de las personas jóvenes, en los que se incluyan temas relacionados con la nutrición adecuada, la salud física, mental, sexual y reproductiva, así como consejería para evita