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Definición y actuación
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Administrativo
- Fundamento jurídico
- Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos (Ley N.° 7762), artículo 5
- Fuente
- Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos (Ley N.° 7762), artículo 5
1.- Para los efectos de esta ley, se entiende por Administración concedente el Poder Ejecutivo, las empresas públicas y el sector descentralizado territorial e institucional. 2.- Cuando el objeto de la concesión se encuentre dentro del ámbito de competencia de un órgano del Poder Ejecutivo, el Consejo Nacional de Concesiones, demostrada previamente la factibilidad legal, técnica, ambiental, económica y financiera del