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Delegación de ejecución
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 241
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 241
El tribunal dará el seguimiento al cumplimiento de la resolución dictada. Cuando se trate de alguna de las medidas de protección previstas para la sede administrativa o las aplicables para los padres, las madres o los responsables de las personas menores de edad, podrá delegar la ejecución de lo acordado para proteger a la persona menor de edad en la oficina local competente del Patronato Nacional de la Infancia (PAN