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derechos personales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Artículos 627 y siguientes del Código Civil (Ley N.º 63)
- Fuente
- Código Civil de Costa Rica, Ley N.º 63
Derechos subjetivos que solo son oponibles entre las partes de la relación jurídica (inter partes), consistentes en la facultad de exigir una prestación a otra persona.