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Derrotero
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley de Catastro Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 34331-J), artículo 35
- Fuente
- Reglamento a la Ley de Catastro Nacional (Decreto Ejecutivo N.° 34331-J), artículo 35
o. El espacio para el derrotero, contendrá: a. Ubicación: Se ubicará en el extremo superior derecho del plano. b. Dimensiones: Se establece un ancho mínimo de siete centímetros para el cuadro donde se localiza el derrotero. (Así reformado el inciso anterior por el artículo 4° del decreto ejecutivo N° 34763 del 16 de setiembre de 2008) c.