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Dictaminadores de fondo
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad (Ley N.° 6867), artículo 36
- Fuente
- Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad (Ley N.° 6867), artículo 36
La Junta Administrativa del Registro Nacional creará su propio régimen de salarios para el personal que se destaque como dictaminador de fondo institucional y estará autorizado para contratar al personal requerido, técnico y profesional, que satisfaga las necesidades del servicio público que brinda el Registro de la Propiedad Industrial. Este personal será pagado con fondos de la Junta Administrativa, por el plazo qu