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- Artículo 27 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
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- Artículo 27 de la Ley de Notificaciones Judiciales, Ley N.º 8687
Práctica coordinada de una notificación y otra actuación judicial cuando la ley o la eficiencia del servicio lo permiten.