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Efectos de los acuerdos concursales
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 43 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
- Fuente
- Artículo 43 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
Consecuencias jurídicas que producen acuerdos concursales una vez cumplidos los requisitos de validez y eficacia.