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Evaluación del desempeño
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Migratorio
- Fundamento jurídico
- Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería (Decreto Ejecutivo N.° 38173-G), artículo 42
- Fuente
- Reglamento de organización y servicio de la Policía Profesional de Migración y Extranjería (Decreto Ejecutivo N.° 38173-G), artículo 42
o. La evaluación del desempeño policial dentro del período de prueba, una vez concluido el curso básico migratorio, la realizará el jefe inmediato. Adicionalmente este superior considerará los informes del centro de enseñanza que imparta el curso básico policial migratorio y el instrumento que la Gestión de Recursos Humanos elabore para tales efectos, para calificar en su totalidad el período de prueba.