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Examen de registro
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad (Ley N.° 6867), artículo 29
- Fuente
- Ley de Patentes de Invención, Dibujos y Modelos Industriales y Modelos de Utilidad (Ley N.° 6867), artículo 29
1. El Registro de la Propiedad Industrial examinará si la solicitud cumple con los requisitos legales y reglamentarios. 2. Cuando el Registro de la Propiedad Industrial compruebe que se han cumplido los requisitos, publicará en el Diario Oficial una reseña de la solicitud con la reproducción del dibujo o modelo, y tratándose de un dibujo o modelo industrial, lo registrará y entregará al solicitante un certificado de