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Extraterritorialidad
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Código Penal (Ley N.° 4573), artículo 5
- Fuente
- Código Penal (Ley N.° 4573), artículo 5
Se aplicará también la ley penal costarricense a los hechos punibles cometidos en el extranjero, cuando: 1) Atentaren contra la seguridad interior o exterior del Estado, lo mismo contra su economía; y 2) Sean cometidos contra la administración pública, por funcionarios al servicio de ella, sean o no costarricenses.