Vista previa de la fuente solicitada
Formalidades del documento
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Notarial
- Fundamento jurídico
- Reglamento para la Presentación de Índices (Decreto Ejecutivo N.° 37769-C), artículo 12
- Fuente
- Reglamento para la Presentación de Índices (Decreto Ejecutivo N.° 37769-C), artículo 12
to. El índice electrónico deberá cumplir con las siguientes formalidades: a) El Notarlo Público deberá utilizar la firma digital para acceder al sistema que autoriza el envío de índices de instrumentos públicos por Internet. Para efectos de la presentación de índices por medio de este formato, el uso de la firma digital presume que el índice fue debidamente firmado por el Notario a quien ésta corresponda. b) El Notar