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Gastos del referéndum
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Ley sobre Regulación del Referéndum (Ley N.° 8492), artículo 31
- Fuente
- Ley sobre Regulación del Referéndum (Ley N.° 8492), artículo 31
El TSE incluirá anualmente en su presupuesto una partida que permita sufragar los gastos que ocasione la organización y adecuada difusión del referéndum. Artículo 32: Delitos y faltas electorales en el ámbito del referéndum A quien cometa las conductas tipificadas en los capítulos I y II del título VI del Código Electoral, durante la realización de consultas populares bajo la modalidad de referéndum o con ocasión de