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Infracciones de particulares
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley N.° 7739), artículo 190
- Fuente
- Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley N.° 7739), artículo 190
La infracción de las disposiciones de los artículos 27, 35, 43, 45, 49, 50, 55, 56, 59, 60, 63, 64, 68 y 69 en que incurran los particulares, acarreará, además de la medida que el juez adopte, una multa según la siguiente regulación: a) El monto equivalente a tres salarios de oficinista 1, cuando una disposición se infrinja por primera vez. b) El monto equivalente a cinco salarios de oficinista 1, cuando el funcionar