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Intereses y plazo
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Ley General de Aduanas (Ley N.° 7557), artículo 61 ter
- Fuente
- Ley General de Aduanas (Ley N.° 7557), artículo 61 ter
El pago efectuado fuera del plazo de un mes, indicado en el artículo anterior, produce la obligación de pagar un interés junto con los tributos adeudados. En todos los casos, los intereses se calcularán a partir de la fecha de aceptación de la declaración aduanera. El Servicio Aduanero, mediante resolución, fijará la tasa del interés establecida en el artículo 61 de la presente ley.