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Medidas de protección
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley N.° 7739), artículo 135
- Fuente
- Código de la Niñez y la Adolescencia (Ley N.° 7739), artículo 135
Las medidas de protección que podrá dictar la oficina local del Patronato Nacional de la Infancia serán: a) Orientación, apoyo y seguimiento temporal a la familia. b) Matrícula y asistencia obligatorias en establecimientos oficiales de enseñanza. c) Inclusión en programas oficiales o comunitarios de auxilio a la familia, y a las personas menores de edad. d) Orden de tratamiento médico, psicológico o psiquiátrico en r