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Medidas precautorias
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho de Familia
- Fundamento jurídico
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 305
- Fuente
- Código Procesal de Familia (Ley N.° 9747), artículo 305
Previo a la presentación de la solicitud de la restitución, la autoridad central designada o la parte interesada podrá solicitar, como medida urgente, la localización y protección de la persona menor de edad. Verificada la localización, lo comunicará de inmediato al Estado requirente vía autoridad central. La autoridad central solicitará o adoptará las medidas adecuadas tendientes a conseguir la restitución voluntari