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Mora del deudor
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Civil
- Fundamento jurídico
- Artículos 692 a 705 del Código Civil, Ley N.º 63
- Fuente
- Artículos 692 a 705 del Código Civil, Ley N.º 63
Retraso culpable del deudor en cumplir su obligación una vez que esta es exigible, sin causa justificada, que lo hace responsable de los daños y perjuicios causados por el incumplimiento tardío.