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Multas
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Laboral
- Fundamento jurídico
- Ley de Fomento de la Lactancia Materna (Ley N.° 7430), artículo 30
- Fuente
- Ley de Fomento de la Lactancia Materna (Ley N.° 7430), artículo 30
Se impondrá de diez a sesenta días multa, al agente de salud que no observe las disposiciones establecidas en el artículo 27 de esta Ley, asícomo a la persona física que, en nombre propio o de una persona jurídica, infrinja las disposiciones de los artículos 12 y 13 de la presente Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 423, 424, 425, 426 y 427 del Código de Procedimientos Penales.