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Normas supletorias
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Creación de la jurisdicción especializada en delincuencia organizada en Costa Rica (Ley N.° 9481), artículo 17
- Fuente
- Creación de la jurisdicción especializada en delincuencia organizada en Costa Rica (Ley N.° 9481), artículo 17
El proceso penal seguido ante la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada será el ordinario previsto por la Ley N.° 7594, Código Procesal Penal, de 10 de abril de 1996, con las excepciones previstas en la presente ley. Las actuaciones y resoluciones de la Jurisdicción Especializada en Delincuencia Organizada se regirán, en lo no previsto expresamente en esta ley, por la Ley N.° 7594, Código Procesal Pena