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Notificaciones
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República (Ley N.° 7319), artículo 23
- Fuente
- Ley de la Defensoría de los Habitantes de la República (Ley N.° 7319), artículo 23
La Defensoría de los Habitantes de la República notificará al interesado, al funcionario, a la autoridad o dependencia administrativa correspondientes, el resultado de sus investigaciones y las decisiones adoptadas dentro de su competencia. La respectiva notificación se realizará mediante un funcionario competente, quien tendrá el cargo de notificador, para todos los efectos, y deberá llevar un libro de registro en e