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Nulidad de acuerdos concursales homologados
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 45 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
- Fuente
- Artículo 45 de la Ley Concursal de Costa Rica, Ley N.º 9957
Acuerdo o acto de voluntad relacionado con nulidad de acuerdos concursales homologados, capaz de crear, modificar o extinguir efectos jurídicos entre las partes.