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Oposición al registro
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Comercial
- Fundamento jurídico
- Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (Ley N.° 7978), artículo 16
- Fuente
- Ley de Marcas y Otros Signos Distintivos (Ley N.° 7978), artículo 16
Cualquier persona interesada podrá presentar oposición contra el registro de una marca, dentro del plazo de dos meses contados a partir de la primera publicación del aviso que anuncia la solicitud. La oposición deberá presentarse con los fundamentos de hecho y de derecho; deberá acompañarse de las pruebas pertinentes que se ofrecen. Si las pruebas no se adjuntaron a la oposición, deberán presentarse dentro de los tre