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orden público
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Diccionario jurídico
- Fundamento jurídico
- Artículo 28 de la Constitución Política; artículo 22 del Código Civil (Ley N.º 63)
- Fuente
- Constitución Política de Costa Rica; Código Civil, Ley N.º 63
Conjunto de principios fundamentales sobre los que se sustenta el ordenamiento jurídico y social de un Estado, que no pueden ser derogados por acuerdo de las partes.