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Órgano asesor
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Penal
- Fundamento jurídico
- Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N.° 7442), artículo 22
- Fuente
- Ley Orgánica del Ministerio Público (Ley N.° 7442), artículo 22
El Consejo Fiscal del Ministerio Público será el órgano asesor del Fiscal General de la República. Sesionará por lo menos una vez cada seis meses o cuando lo convoque el Fiscal General. Estará integrado por los siguientes fiscales: a) El Fiscal General de la República, quien lo presidirá, por sí o por delegación. b) Los fiscales adjuntos.