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Pago de intereses
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley N.° 4755), artículo 75
- Fuente
- Código de Normas y Procedimientos Tributarios (Ley N.° 4755), artículo 75
s. Las sanciones pecuniarias establecidas devengarán los intereses citados en el artículo 57 de este Código, a partir de los tres días hábiles siguientes a la firmeza de la resolución que las fije.