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Precio
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Administrativo
- Fundamento jurídico
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 98
- Fuente
- Reglamento a la Ley General de Contratación Pública (Decreto Ejecutivo N.° 43808-H), artículo 98
El precio deberá ser cierto y definitivo. En caso de divergencia entre el precio cotizado en números y letras, prevalecerá este último, salvo el caso de errores materiales evidentes, en cuyo caso prevalecerá el valor real. El pliego de condiciones podrá establecer un porcentaje de utilidad mínimo o máximo, previo acto motivado emitido por la unidad técnica solicitante de la obra, bien o servicio o la unidad técnica c