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Prevenciones
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Reglamento de Procedimiento Tributario (Decreto Ejecutivo N.° 38277-H), artículo 64
- Fuente
- Reglamento de Procedimiento Tributario (Decreto Ejecutivo N.° 38277-H), artículo 64
Ante el incumplimiento de alguno de los requisitos señalados, se requerirá al consultante el cumplimiento de los mismos; además, se le debe requerir cuantos elementos de prueba se consideren necesarios para mejor resolver. Al consultante se le otorgará un plazo de diez días hábiles para dar respuesta al requerimiento que se le notificó, el cual suspende el cómputo del plazo para resolver. De no atender el requerimien