Vista previa de la fuente solicitada
PROHIBICIONES PROCESALES
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Ley N.° 6815), artículo 21
- Fuente
- Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (Ley N.° 6815), artículo 21
Prohíbese a los servidores a los que se refiere el artículo anterior: dejar de establecer las demandas o reclamaciones en las que deban intervenir como actores; omitir la contestación de los traslados o las audiencias que se les hayan dado; dejar de presentar las pruebas legales que les corresponda rendir y abandonar las que hayan propuesto;