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Promoción
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Laboral
- Fundamento jurídico
- Ley de Fomento de la Lactancia Materna (Ley N.° 7430), artículo 13
- Fuente
- Ley de Fomento de la Lactancia Materna (Ley N.° 7430), artículo 13
El Ministerio de Salud no autorizará promover ni distribuir sucedáneos de la leche materna, otros productos que se comercialicen como tales, ni utensilios conexos, en los establecimientos de servicios de salud. La transgresión de esta norma se sancionará de conformidad con el capítulo VII de esta Ley.