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- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Procesal
- Fundamento jurídico
- Artículo 2 del Código Procesal Civil, Ley N.º 9342
- Fuente
- Artículo 2 del Código Procesal Civil, Ley N.º 9342
Principio que permite el conocimiento público del proceso, salvo las restricciones necesarias para proteger la justicia, la privacidad o derechos fundamentales.