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Recursos financieros
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Ambiental
- Fundamento jurídico
- Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (Ley N.° 8495), artículo 14
- Fuente
- Ley General del Servicio Nacional de Salud Animal (Ley N.° 8495), artículo 14
s. El Senasa contará con los siguientes recursos financieros: a) Las partidas que se le asignen anualmente en los presupuestos ordinarios y extraordinarios de la República. b) Los ingresos percibidos por concepto de venta de servicios, refrendo de documentos, fumigación, autorizaciones, certificaciones, inscripciones y registros, e inscripciones por actividades educativas; todas estas actividades serán realizadas por