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Registro de sanciones
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Constitucional
- Fundamento jurídico
- Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política (Ley N.° 10235), artículo 33
- Fuente
- Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en la Política (Ley N.° 10235), artículo 33
Para efectos de levantar un registro de sanciones de acceso público por violencia contra las mujeres en la política, la resolución final sancionatoria en firme debe ser comunicada al Tribunal Supremo de Elecciones. El Tribunal Supremo de Elecciones debe comunicar a su vez las resoluciones finales sancionatorias al Instituto Nacional de las Mujeres, a efectos de que este levante un registro de sanciones completo.