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Reglamento
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Tributario
- Fundamento jurídico
- Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias (Ley N.° 8114), artículo 33
- Fuente
- Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias (Ley N.° 8114), artículo 33
o. La reglamentación de esta Ley se realizará mediante decreto ejecutivo, a más tardar dos meses después de su publicación. TRANSITORIOS Transitorio I.—Mientras no se promulgue el reglamento que fija las normas por seguir en cuanto a la inscripción de los contribuyentes fabricantes o envasadores nacionales, referidos en los capítulos I y II de esta Ley, RECOPE, en el caso del capítulo I, y los fabricantes o envasador