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Revisión de firmas
- Tipo
- Entrada del diccionario jurídico
- Área
- Derecho Electoral
- Fundamento jurídico
- Ley de Iniciativa Popular (Ley N.° 8491), artículo 3
- Fuente
- Ley de Iniciativa Popular (Ley N.° 8491), artículo 3
s. Una vez recibido el proyecto de ley y las firmas correspondientes, el TSE dispondrá de un plazo de treinta días naturales, para verificar su legitimidad. Cualquier interesado podrá estar presente en el proceso. El TSE solo computará una vez las firmas repetidas y excluirá aquellas que presenten dudas sobre su legitimidad.